Lasentencia 104/2019, de 19 de febrero de 2019 del Tribunal Supremo fue la primera en pronunciarse sobre la extinción de una pensión de alimentos donde los hijos mayores de edad no tenían ninguna relación con el progenitor obligado, dándose en ese caso también una disminución de la capacidad económica del obligado al pago, así como la falta de
JoseLuis. Muchas gracias por su aclaración. Por el tema de abuso de derecho de ayer. No se si hay que tener en cuenta que mi hija desde que trabaja , no tiene un contrato indefinido, es auxiliar de farmacia y va trabajando en varias farmacias con contratos de sustitución por vacaciones , maternidad bajas de enfermedad , etc , o sea los contratos
Lamentablementeno mucho, pero, en todo caso, existen dos beneficios que se pueden aprovechar. Se puede solicitar la autorización para buscar trabajo al juzgado. De esta forma, durante un mes no se le girará apremio corporal si no puede pagar la pensión alimentaria. Aunque, por lo general, se otorga por solo un mes, la ley autoriza poder
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